sábado, 13 de febrero de 2010
Las ordenanzas de Doña Mencía, 1926 (01)
Hace ya un tiempo mi gran amigo Carlos de Toro Luque me hizo llegar un ejemplar de las ORDENANZAS MUNICIPALES, para el régimen y gobierno de la villa de Doña Mencía, correspondientes al año 1926.
Así consta en su última página en que se textualmente se dice que fueron aprobadas por el Ayuntamiento pleno en sesión extraordinaria del ocho de febrero último, Doña Mencía a 13 de Marzo de 1926. El Alcalde, Juan José Vargas.- El Secretario, Carlos Venegas. rubricados. El ejemplar que tengo en mis manos es una copia que tiene el sello de Juan Luque, oficial del Ayuntameinto, enamorado de su pueblo y compilador de fotos y recuerdos de Doña Mencía, pero también hay una copia, sin catalogar, en el Archivo Histórico Municipal de Doña Mencía.
Como es obvio, no son las primeras ordenanzas de la villa de Doña Mencía -las más antiguas datan de mediados del siglo XVII, aunque son una copia de las de Baena-, pero si son las más extensas y detalladas. Frente a la vigente Constitución española con sus 169 artículos o los 250 de nuestro actual Estatuto de Autonomía, las ordenanzas de 1926 de Doña Mencía constan de 630 artículos. Un texto legal detallado que trataba de regular con minuciosidad la vida cotidiana de nuestro pueblo.
Veamos: en su capítulo II y en su artículo 9º queda prohibio, entre otras cosas, mofarse de las personas o dirigirlas (sic) insultos (2º), hostigar innecesariamente o tratar con crueldad a los animales (4º), molestar al vencindario con ruidos y cánticos desacompasados... o, -y esto da idea de la mentalidad de orden de la época- (12º) Dejar salir a los locos o dementes sin la debida vigilancia y cuidado. Seguiremos hablando de ellas en próximas entradas. La imagen que adjuntamos no es de Doña Mencía, pero si a la época en la que estaban en vigor las ordenanzas citadas. Eran los tiempos de Alfonso XIII, aunque la cajita cuya portada reproducimos es de unos años antes.
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