Noticias
sobre actos civiles y fiestas republicanas III
A
partir de ahora, Manuel Montes Priego enviará información a las Las
dominicales 1
sobre los nuevos bautismos o entierros civiles que se produzcan en
Doña Mencía. Así, en la crónica firmada el 9 de marzo de 1904,
aunque publicada dos semanas más tarde, después de
“noticiar
que han sido expulsados a silbidos los imbéciles misioneros que han
estado por aquí dirigiendo los más soeces insultos a la prensa”,
se han inscrito civilmente dos hijos de dos matrimonios
librepensadores con los nombres de Cristóbal y Libertad.
De
nuevo el Casino
Republicano y Ayuntamiento estarán a la greña otra vez y con fecha
del 7 de este abril se impone una multa, esta vez de diez pesetas por
el mismo motivo. En esta ocasión, el presidente presenta un recurso
ante el Gobierno Civil de la provincia y alega, entre otras cosas,
que el artículo 43 del reglamento de su sociedad, aprobado por el
mismo Gobierno Civil, autoriza a tener abiertas las puertas del local
social durante la noche y siempre que
dentro del mismo se encuentren, al menos, seis socios... Pues “no
habiendo ley que impida a los ciudadanos, ya individual ya
colectivamente a permanecer unidos durante las horas de la noche, ni
mucho menos a cerrar las puertas de su domicilio, privado o social a
determinadas horas y al obligarle a hacer se infringen los artículos
constitucionales que otorgan la facultad o derecho de reunión
pacíficamente y de asociarse para todos los fines de la vida humana
sin que exista limitación ni en la ley que regula el ejercicio del
derecho de asociación ni en ninguna otra, precepto que faculte a la
Autoridad para cerrar las puertas de su domicilio privado o social a
ningún ciudadano ni asociación, ni para señalarle el tiempo que
han de estar en permanencia en el mismo, por ello recurro...”.
De
nada le valdrían tanta retórica jurídica y junto al
correspondiente recurso, el alcalde adjuntará un minucioso y largo
informe. Como podemos imaginar la pugna política entre conservadores
y republicanos se disfrazaba con motivos relacionados con la
tranquilidad de la noche menciana. En el primer punto del informe el
alcalde precisa que a altas horas de la noche se venían cometiendo
en el local del Casino Republicano de la calle Arriba “frecuentes
alborotos con cantos, música y baile que impedían o perturbaban el
reposo y descanso necesario de los vecinos”.
Alude más tarde a la multa impuesta con anterioridad y que fue
pagada sin rechistar y rebate jurídicamente la argumentación
presentada por el presidente del Casino Republicano señalando que
“el
derecho de reunión y asociación tiene muchos y naturales
limitaciones en las leyes que sería prolijo e improcedente enumerar,
bastará decir que en principio, y como todo derecho tiene su límite
en el derecho de los demás, viniendo por esto a ser los derechos y
deberes correlativos, cosa que desgraciadamente olvidan con
lamentable frecuencia estos que se llaman apóstoles de las
libertades y regeneradores futuros de la sociedad”.
La
dedicatoria final es bastante elocuente de por dónde iban realmente
los tiros. Además, prosigue, ¿por qué se pagó antes la multa por
el mismo motivo y callaron y ahora presentan el recurso? “¿Es
que la legalidad sobre esto se ha modificado desde el día a 19 de
febrero último al 14 del actual?”
La respuesta del Gobierno Civil es la esperada y con fecha 20 de
junio de 1904 llega la comunicación donde se desestima el recurso.
Al final, las diez pesetas de multa se pagaron una semana después.
Pero
no sería la última de aquel año e incluso antes de que se abonara
la multa anterior otra vez estaba el Ayuntamiento a la carga y con
fecha 4 de junio se impone una nueva multa,2
esta vez de 15 pesetas, al Casino Republicano por las mismas razones
que antes. Otra vez también es recurrida la sanción ante el
Gobierno Civil aduciendo las mismas razones que antes y en todo caso
se matiza que el ruido que se produce en el local “sería
el producido por las conversaciones de los concurrentes”.
Y de nuevo el alcalde adjunta un informe al recurso, pero en esta
ocasión es más duro con los hechos que se producen por la noche en
el casino, según el alcalde, y se cree en la obligación de llamar
la atención del gobernador civil sobre “la
falta de respeto que demuestra el Casino Republicano a la autoridad
que represento... desobedeciendo y menospreciando frecuentemente las
órdenes que se les comunican...”
Eran duros de roer los socios del Casino de la calle Arriba pues,
continúa el informe del alcalde, se pasan “la
mayor parte de las noches”
–ya
no es sólo las noches de los sábados-
“con
el local abierto en orgías, borracheras, bailes y cantos que son
bastante escándalo para las buenas costumbres de la vecindad...”
Esta vez el alcalde no se anduvo con chiquitas. El local del Casino
era un auténtico antro de perversión y aquello, ¡faltaría más!,
no podía continuar así. El gobierno Civil, como se esperaba,
tampoco admitió el recurso esta vez y las quince pesetas se abonaron
con fecha 30 de agosto en pagos al Estado.
Antes,
el Ayuntamiento había accedido a que se levantara la prohibición de
tener las puertas del casino cerradas después de las 12 de la noche,
según consta en el acta capitular del 8 de agosto de 1904, y poco
después y con fecha 17 de octubre de ese mismo año el presidente de
los republicanos de Doña Mencía presenta una petición “pidiendo
se amplíe el local que existe para dar sepultura a los que mueren
fuera de la religión católica”. La
respuesta del Ayuntamiento es bastante indicadora de las diferencias
entre unos y otros y por unanimidad se desestima la petición
teniendo en cuenta que “por
fortuna todavía son pocos los vecinos que mueren fuera de la
Religión Católica”.
Sin embargo, como veremos más abajo, tenemos noticias de actos
civiles por parte de los librepensadores mencianos de aquella época.
Durante mucho tiempo el clericalismo y el anticlericalismo habían
marcado las diferencias entre derechas e izquierdas en España, y en
un pequeño pueblo, como era el nuestro a principios del siglo XX,
también se apuntan tales matices políticos. 3
2
Expediente
instruido sobre imposición de multa de quince pesetas a la sociedad
Casino Republicano por el Sr. Alcalde D. Ángel Vergara Vargas. Año
de 1904. R.5452
3
La
información que se cita ha sido obtenida de las Actas Capitulares
de 1904 del Archivo Histórico Municipal de Doña Mencía (AHMDM) y
de varios expedientes referidos a las Sociedades de Doña Mencía:
Casino Republicano (1903-1905), R.5449; expediente instruido sobre
imposición de multa de diez pesetas a las sociedad Casino
Republicano por el Sr. Alcalde D. Ángel Vergara Vargas, año de
1904, R.5451 y otro expediente instruido sobre imposición de multa
de quince pesetas a las sociedad Casino Republicano.
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