Tras
una alcaldía de transición, constituida en la sesión
extraordinaria del 15 de marzo de 1931, con Pedro Moreno Moreno como
jefe de la corporación y con concejales, en su mayoría,
propietarios del pueblo, en otra sesión extraordinaria, celebrada
tres días después de los comicios municipales del 14 de abril de
1931, es nombrado alcalde de manera interina por el gobierno de la
República Francisco Güeto Vargas constituyéndose una Gestora
republicana cinco días después formada por el dicho alcalde y Juan
Navas Jiménez, Manuel Montes Priego y Antonio Muñoz Priego.
De
acuerdo con el artículo 29, según el cual si el número de
candidatos era menor al número de concejales que se debían cubrir,
en Doña Mencía no hubo elecciones el 12 de abril, pero tras la
proclamación de la República se convocaron de nuevo comicios
municipales para el 31 de mayo, de cuyos resultados hablaremos más
tarde. La II República no llegaría en buen momento en nuestro
pueblo.
En
la sesión del 17 de abril, como no, se trató del tema que más
preocupaba a la corporación, el problema de las subsistencias, por
lo que se acordó acordar una cita con los panaderos del pueblo para
ver de qué manera se podía abaratar el precio del pan. También, en
la misma sesión, fue destituido el jefe de la policía municipal y
se da la bienvenida a la República. Más tarde dimitirían dos
guardias municipales y un guardia de campo, haciendo constar los
primeros que su dimisión era libre y no obedecía a presión alguna.
Pero
ahora que se cumplen 82 años de la proclamación de aquella
República hablemos brevemente de aquellos republicanos mencianos de
los inicios del siglo XX.
Actos
republicanos en Doña Mencía a principios del siglo XX
A
principios de febrero de 1904, Manuel Montes Priego envía una carta
a Las dominicales1,
fechada el 27 de enero, en la que con el título de ¡ESO ES
COMENZAR A VIVIR!, expone, en primer lugar, que ha sido inscrito
en el registro civil de Doña Mencía con el nombre de Demófilo “un
hijo del consecuente republicano” Cristóbal Parras Ruiz y
de doña Patrocinio Pascual Navas, siendo testigos los
librepensadores D. Acisclo Cejudo Gómez y el autor de la carta”.
Seguidamente hace constar que se propone crear, dentro del Casino
Republicano de Doña Mencía, una “asociación
de librepensadores que deben comprometerse a prescindir de la
religión católica e inscribir a sus hijos civilmente y llevar a
efecto por el mismo medio los casamientos y entierros”. También
señala más abajo que “el dignísimo e incansable republicano D.
Manuel Güeto Roldán no descansa ni repara en sacrificio alguno para
conseguir el engrandecimiento de nuestro partido y de la clase
proletaria”.
Así,
“para aliviar en algo más la crisis, ha arrendado una finca de
olivar para que sea labrada colectivamente por los socios de este
casino republicano”.
También
ha comprado “una hermosa casa en la Plaza Mayor”, lindando por su
derecha con la casa Ayuntamiento, a donde se trasladará la sede del
casino a partir del 1 de julio. Lo que no sabemos si al final llegó
a llevarse a cabo, pues las disputas y desavenencias entre la
alcaldía y los republicanos se produjeron a raíz de los ruidos y
escándalos producidos en su sede, sita en la calle Arriba.
A
mediados de este mes, de nuevo, Las Dominicales2
publica otra nueva crónica de Manuel Montes, en la que, desde la
cárcel de Cabra, y con fecha del 15 de febrero, se refiere a la
fiesta en la que dicha asociación celebraba el aniversario de la
república con un banquete de 75 cubiertos, “donde
reinó la alegría y el orden más completo, pronunciando fogosos
discursos abogando por la expulsión de las órdenes religiosas y la
pronta implantación de la República”. Transcurridas
dos horas, fueron
encarcelados, entre ellos el que escribe la crónica, por orden del
alcalde,
bajo “calumniosos
pretextos, pasando dos noches metidos en un subterráneo, o mejor
dicho en un retrete, con el fango hasta las rodillas”. El
alcalde les diría que tenía otras celdas “reservadas
para sus amigos o para aquellas personas a las que tenía que
agradecerles algo”. En
la mañana del 13 de febrero, “amarrados
como bandidos”, fueron
conducidos por la Guardia Civil a la cárcel de Cabra. Todo ello no
le amedrenta a Manuel Montes, sino que le “enardece y le honra,
esperando que un día se haga justicia y pueda disfrutar de la
libertad que se la ha usurpado miserablemente”. En
la página 3 del mismo número se hace alusión a la injusta e ilegal
detención señalando que ese juez sin conciencia debe merece estar
en el calabozo llamándole más abajo “bruto sin corazón”.
En la edición del 11 de marzo,
Las Dominicales
publicaba un breve con la liberación de los tres correligionarios
mencianos y ese mismo día aparecía otra noticia sin firma en la que
se informa del recibimiento que las autoridades mencianas han
ofrecido a tres “cuervos jesuitas”. 3
Más
tarde, a primeros de abril, aunque la noticia fue publicada mucho más
tarde,4
se produjo un robo en la casa del presidente de la Junta Municipal
de Doña Mencía, Vicente Muñoz Chica, cuyos autores “después da
haber perpetrado el delito hicieron tres disparos sobre su esposa e
hijos y una vez detenidos los autores resultaron ser hermano y
sobrino del cacique que fueron puestos inmediatamente en libertad”,
lo que demuestra
el trato desigual
producido con los asistentes al banquete para conmemorar el 11 de
febrero de 1873.
A
partir de ahora, Manuel Montes Priego enviará información a las Las
dominicales 5
sobre los nuevos bautismos o entierros civiles que se produzcan en
Doña Mencía. Así, en la cŕonica firmada el 9 de marzo de 1904,
aunque publicada dos semanas más tarde, después de “noticiar
que han sido expulsados a silbidos los imbéciles misioneros que han
estado por aquí dirigiendo los más soeces insultos a la prensa”,
se han inscrito civilmente dos hijos de dos matrimonios
librepensadores con los nombres de Cristóbal y Libertad.
De
nuevo el Casino
Republicano y Ayuntamiento estarán a la greña otra vez y con fecha
del 7 de este abril se impone una multa, esta vez de diez pesetas por
el mismo motivo. En esta ocasión, el presidente presenta un recurso
ante el Gobierno Civil de la provincia y alega, entre otras cosas,
que el artículo 43 del reglamento de su sociedad, aprobado por el
mismo Gobierno Civil, autoriza a tener abiertas las puertas del local
social durante la noche y siempre que
dentro del mismo se encuentren, al menos, seis socios... Pues “no
habiendo ley que impida a los ciudadanos, ya individual ya
colectivamente a permanecer unidos durante las horas de la noche, ni
mucho menos a cerrar las puertas de su domicilio, privado o social a
determinadas horas y al obligarle a hacer se infringen los artículos
constitucionales que otorgan la facultad o derecho de reunión
pacíficamente y de asociarse para todos los fines de la vida humana
sin que exista limitación ni en la ley que regula el ejercicio del
derecho de asociación ni en ninguna otra, precepto que faculte a la
Autoridad para cerrar las puertas de su domicilio privado o social a
ningún ciudadano ni asociación, ni para señalarle el tiempo que
han de estar en permanencia en el mismo, por ello recurro...”.
De
nada le valdrían tanta retórica jurídica y junto al
correspondiente recurso, el alcalde adjuntará un minucioso y largo
informe. Como podemos imaginar la pugna política entre conservadores
y republicanos se disfrazaba con motivos relacionados con la
tranquilidad de la noche menciana. En el primer punto del informe el
alcalde precisa que a altas horas de la noche se venían cometiendo
en el local del Casino Republicano de la calle Arriba “frecuentes
alborotos con cantos, música y baile que impedían o perturbaban el
reposo y descanso necesario de los vecinos”.
Alude más tarde a la multa impuesta con anterioridad y que fue
pagada sin rechistar y rebate jurídicamente la argumentación
presentada por el presidente del Casino Republicano señalando que
“el
derecho de reunión y asociación tiene muchos y naturales
limitaciones en las leyes que sería prolijo e improcedente enumerar,
bastará decir que en principio, y como todo derecho tiene su límite
en el derecho de los demás, viniendo por esto a ser los derechos y
deberes correlativos, cosa que desgraciadamente olvidan con
lamentable frecuencia estos que se llaman apóstoles de las
libertades y regeneradores futuros de la sociedad”.
La
dedicatoria final es bastante elocuente de por dónde iban realmente
los tiros. Además, prosigue, ¿por qué se pagó antes la multa por
el mismo motivo y callaron y ahora presentan el recurso? “¿Es
que la legalidad sobre esto se ha modificado desde el día a 19 de
febrero último al 14 del actual?”
La respuesta del Gobierno Civil es la esperada y con fecha 20 de
junio de 1904 llega la comunicación donde se desestima el recurso.
Al final, las diez pesetas de multa se pagaron una semana después.
Pero
no sería la última de aquel año e incluso antes de que se abonara
la multa anterior otra vez estaba el Ayuntamiento a la carga y con
fecha 4 de junio se impone una nueva multa,6
esta vez de 15 pesetas, al Casino Republicano por las mismas razones
que antes. Otra vez también es recurrida la sanción ante el
Gobierno Civil aduciendo las mismas razones que antes y en todo caso
se matiza que el ruido que se produce en el local “sería
el producido por las conversaciones de los concurrentes”.
Y de nuevo el alcalde adjunta un informe al recurso, pero en esta
ocasión es más duro con los hechos que se producen por la noche en
el casino, según el alcalde, y se cree en la obligación de llamar
la atención del gobernador civil sobre “la
falta de respeto que demuestra el Casino Republicano a la autoridad
que represento... desobedeciendo y menospreciando frecuentemente las
órdenes que se les comunican...”
Eran duros de roer los socios del Casino de la calle Arriba pues,
continúa el informe del alcalde, se pasan “la
mayor parte de las noches”
–ya
no es sólo las noches de los sábados-
“con
el local abierto en orgías, borracheras, bailes y cantos que son
bastante escándalo para las buenas costumbres de la vecindad...”
Esta vez el alcalde no se anduvo con chiquitas. El local del Casino
era un auténtico antro de perversión y aquello, ¡faltaría más!,
no podía continuar así. El gobierno Civil, como se esperaba,
tampoco admitió el recurso esta vez y las quince pesetas se abonaron
con fecha 30 de agosto en pagos al Estado.
Antes
el Ayuntamiento había accedido a que se levantara la prohibición de
tener las puertas del casino cerradas después de las 12 de la noche,
según consta en el acta capitular del 8 de agosto de 1904, y poco
después y con fecha 17 de octubre de ese mismo año el presidente de
los republicanos de Doña Mencía presenta una petición “pidiendo
se amplíe el local que existe para dar sepultura a los que mueren
fuera de la religión católica”. La
respuesta del Ayuntamiento es bastante indicadora de las diferencias
entre unos y otros y por unanimidad se desestima la petición
teniendo en cuenta que “por
fortuna todavía son pocos los vecinos que mueren fuera de la
Religión Católica”.
Sin embargo, como veremos más abajo, tenemos noticias de actos
civiles por parte de los librepensadores mencianos de aquella época.
Durante mucho tiempo el clericalismo y el anticlericalismo habían
marcado las diferencias entre derechas e izquierdas en España, y en
un pequeño pueblo, como era el nuestro a principios del siglo XX,
también se apuntan tales matices políticos. 7
4
El
País, 21 de abril de 1904. Madrid. Fuente: BNE Hemeroteca digital.
6
Expediente
instruido sobre imposición de multa de quince pesetas a la sociedad
Casino Republicano por el Sr. Alcalde D. Ángel Vergara Vargas. Año
de 1904. R.5452
7
La
información que se cita ha sido obtenida de las Actas Capitulares
de 1904 del Archivo Histórico Municipal de Doña Mencía (AHMDM) y
de varios expedientes referidos a las Sociedades de Doña Mencía:
Casino Republicano (1903-1905), R.5449; expediente instruido sobre
imposición de multa de diez pesetas a las sociedad Casino
Republicano por el Sr. Alcalde D. Ángel Vergara Vargas, año de
1904, R.5451 y otro expediente instruido sobre imposición de multa
de quince pesetas a las sociedad Casino Republicano.
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